domingo, 10 de mayo de 2020

El Estado como protector del trabajador

Art. 37 de la Constitución
Dada la importancia que adquiere el trabajo, este goza de la protección del Estado. Así lo establece el articulo 37 de la Constitución de la República:  "El Estado empleará todos los recursos  que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a él y a su familia las condiciones económicas de una existencia digna. De igual forma promoverá el trabajo y empleo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas"

Las personas con discapacidad tienen una mención especial en este artículo, ya que, como parte de la sociedad, ellas tienen derecho a participar del mundo laboral ; por lo que contar con un trabajo, significa la posibilidad de mejorar sus vidas.

Desde 2002, El Salvador cuenta con una ley especial para generar igualdad laboral: Ley de Equiparación de Oportunidades para las personas con discapacidad.

Vida digna 

El trabajo es una función social, ya que es el resultado del esfuerzo físico e intelectual de muchas persona. El producto o servicio que de él resulta satisface necesidades y mejora las condiciones de vida. Para que esto se cumpla es importante el salario, cuya cantidad mínima es establecida por el estado y debe estar acorde a lo mínimo que se requiere para vivir dignamente.

Asimismo, proporcionara este apoyo no solo a quienes trabajen de forma manuela, como los artesanos u obreros, sino también a los que se dedican a actividades intelectuales

TAREA: RESPONDER PAG. 94 DEL LIBRO

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